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¿Son oficiales sus traducciones?

Sí, soy Traductor-Intérprete Jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Por lo tanto, mis traducciones son válidas ante las administraciones españolas y de toda la Unión Europea (conforme al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (UE) 2016/1191).

¿Cuáles son las formas de pago?

Puede pagar por transferencia bancaria o por Bizum.

¿Es necesaria la documentación original para la elaboración de una traducción jurada?

No, puedo elaborar una traducción jurada a partir de un documento escaneado o una foto de un documento (en este caso es especialmente importante asegurar que se vea bien todo el documento con todos sus detalles).

En general, los organismos públicos que requieren una traducción jurada suelen pedir tanto el documento original como la traducción para su cotejo.

¿Son válidas las traducciones juradas en formato PDF?

Sí. Si llevan la firma digital del traductor jurado, tienen la misma validez que una traducción jurada impresa. Sin embargo, aún puede haber algunos organismos que no aceptan traducciones juradas digitales, por lo que debería comprobar allá donde vaya a presentar su traducción si la aceptan en formato digital.

Ya tengo una traducción de mi documento. ¿Es posible simplemente sellarla y certificarla como traducción jurada?

Lamentable, no. En la mayoria de casos, lleva menos tiempo al traductor eleborar una traducción desde cero que revisar una traducción ya existente.